Artículo 1332 del Código Civil de Durango
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 7 de junio de 2026
En caso de compensación, si los valores fueren diferentes, el acreedor tendrá derecho de cobrar el exceso del crédito o del legado.