LAmp · Art. 268

Artículo 268 de la Ley de Amparo

Segunda Parte. En Materia Penal · TÍTULO QUINTO. Medidas Disciplinarias y de Apremio, Responsabilidades, Sanciones y Delitos · CAPÍTULO III. Delitos

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de octubre de 2025

Se impondrá pena de uno a tres años de prisión o multa de treinta a trescientos días y, en ambos casos, destitución e inhabilitación de uno a tres años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos a la autoridad que dolosamente aplique una norma declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante una declaratoria general de inconstitucionalidad.

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Cómo citar

Artículo 268, Ley de Amparo. Texto vigente, última reforma DOF 16 oct 2025. https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-268/

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