LIC · Art. 24

Artículo 24 de la Ley de Instituciones de Crédito

Titulo segundo. De las instituciones de credito · Capitulo I. De las Instituciones de Banca Múltiple · Sección primera. Disposiciones Generales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Los nombramientos del director general de las instituciones de banca múltiple y de los funcionarios que ocupen cargos con las dos jerarquías inmediatas inferiores a la de éste; deberán recaer en personas que cuenten con elegibilidad crediticia y honorabilidad, y que además reúnan los requisitos siguientes:

I.Ser residente en territorio mexicano, en términos de lo dispuesto por el Código Fiscal de la Federación;

II.Haber prestado por lo menos cinco años sus servicios en puestos de alto nivel decisorio, cuyo desempeño requiera conocimiento y experiencia en materia financiera y administrativa;

III.No tener alguno de los impedimentos que para ser consejero señalan las fracciones III a VIII del artículo anterior, y

IV.No estar realizando funciones de regulación de las instituciones de crédito.

Los comisarios de las instituciones deberán contar con calidad técnica, honorabilidad e historial crediticio satisfactorio en términos de las disposiciones a que se refiere la fracción II del artículo 10 de esta Ley, así como con amplios conocimientos y experiencia en materia financiera, contable, legal o administrativa y, además, deberán cumplir con el requisito establecido en la fracción I del presente artículo.

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Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Párrafo reformado DOF 04-06-2001
  • Fracción reformada DOF 04-06-2001
  • Fracción reformada DOF 04-06-2001
  • Párrafo reformado DOF 04-06-2001, 01-02-2008
  • Reforma DOF 04-06-2001: Derogó del artículo el entonces último párrafo

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (53 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 24, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-24/

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