LSAR · Art. 115 Bis

Artículo 115 Bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

CAPITULO IX. De las Disposiciones Generales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

La expresión “Sistema de Ahorro para el Retiro” y su abreviatura “SAR”, sólo podrá utilizarse para designar a los sistemas de cuentas individuales capitalizables previstos en la presente ley y en las leyes de seguridad social.

Las personas que utilicen alguna de las expresiones mencionadas en el párrafo anterior para denominar o promocionar productos o servicios distintos serán sancionadas conforme a lo dispuesto en el artículo 100 fracción XXVII de esta ley.

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  • Artículo adicionado DOF 10-12-2002

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 115 Bis, Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/articulo-115-bis/

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