Artículo 243 de la Ley del Seguro Social
TITULO TERCERO. DEL REGIMEN VOLUNTARIO · CAPITULO I. DEL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
El Instituto, también, podrá celebrar este tipo de convenios, en forma individual o colectiva con trabajadores mexicanos que se encuentren laborando en el extranjero, a fin de que se proteja a sus familiares residentes en el territorio nacional y a ellos mismos cuando se ubiquen en éste. Estos asegurados cubrirán íntegramente la prima establecida en el artículo anterior.