LSS · Art. 310

Artículo 310 de la Ley del Seguro Social

TÍTULO SEXTO. DE LAS RESPONSABILIDADES, INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS · CAPÍTULO III. DE LOS DELITOS

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

Será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación a los regímenes del seguro social, quien a sabiendas:

I.Altere los programas informáticos autorizados por el Instituto;

II.Manifieste datos falsos para obtener del Instituto la devolución de cuotas obrero patronales que no le correspondan;

III.Se beneficie sin derecho de un subsidio o estímulo fiscal, o

IV.Simule uno o más actos o contratos obteniendo un beneficio indebido con perjuicio al Instituto.

Sobre este texto
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43ef26b2113f…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo adicionado DOF 20-12-2001

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Artículo 73: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 168: la fuente contiene 1 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.
  • Artículo 168: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 170: la fuente contiene 1 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.

Transitorios (45 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 310, Ley del Seguro Social. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-del-seguro-social/articulo-310/

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