Artículo 110 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado
Titulo quinto. De los Riesgos Profesionales y de las Enfermedades no Profesionales · Capitulo I
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Los riesgos profesionales que sufran los trabajadores se regirán por las disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley Federal del Trabajo, en su caso.