Artículo 47 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado
Titulo tercero. Del Escalafón · Capitulo I
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Se entiende por escalafón el sistema organizado en cada dependencia conforme a las bases establecidas en este título, para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores y autorizar las permutas.