Artículo 3 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Capítulo I. Disposiciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 12 de diciembre de 2025
A falta de competencia específica de determinada dependencia de la administración pública federal, corresponde a la Secretaría de Economía expedir las normas oficiales mexicanas previstas por la ley y a la Procuraduría vigilar se cumpla con lo dispuesto en la propia ley y sancionar su incumplimiento.