LFT · Art. 153-H

Artículo 153-H de la Ley Federal del Trabajo

TITULO CUARTO. Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones · Capítulo III BIS. De la Productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026

Los planes y programas de capacitación y adiestramiento se elaborarán dentro de los sesenta días hábiles siguientes a que inicien las operaciones en el centro de trabajo y deberán cumplir los requisitos siguientes:

I.Referirse a periodos no mayores de dos años, salvo la capacitación a que se refiere el segundo párrafo del artículo 153-B;

II.Comprender todos los puestos y niveles existentes en la empresa;

III.Precisar las etapas durante las cuales se impartirá la capacitación y el adiestramiento al total de los trabajadores de la empresa;

IV.Señalar el procedimiento de selección, a través del cual se establecerá el orden en que serán capacitados los trabajadores de un mismo puesto y categoría; y

V.Deberán basarse en normas técnicas de competencia laboral, si las hubiere para los puestos de trabajo de que se trate.

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Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo adicionado DOF 28-04-1978. Reformado DOF 30-11-2012

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1998»; los anteriores no están en este archivo.
  • Artículo 513: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».

Transitorios (33 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 153-H, Ley Federal del Trabajo. Texto vigente, última reforma DOF 14 may 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-153-h/

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