LFPIORPI · Art. 4

Artículo 4 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Capítulo I. Disposiciones Preliminares

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025

En lo no previsto por la presente Ley, se aplicarán, conforme a su naturaleza y de forma supletoria, las disposiciones contenidas en:

I.El Código de Comercio;

II.El Código Civil Federal;

II Bis. La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;

III.La Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

IV.La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y

V.La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

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Notas de reforma de este artículo

  • Fracción adicionada DOF 16-07-2025
  • Fracción reformada DOF 16-07-2025

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 4, Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Texto vigente, última reforma DOF 16 jul 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-para-la-prevencion-e-identificacion-de-operaciones-con-recursos-de-procedencia-ilicita/articulo-4/

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