Artículo 41 Bis de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Capítulo VI. De la Reserva y Manejo de Información
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025
Para proteger la identidad de las personas oficiales de cumplimiento de las Entidades Financieras y de las Representantes Encargadas del Cumplimiento de quienes realizan las Actividades Vulnerables a que se refiere el Capítulo III de esta Ley, cuando las autoridades judiciales o administrativas requieran su comparecencia para el desahogo de alguna diligencia relacionada con sus funciones o conocimiento de la información que derive de la aplicación de esta Ley, dichas diligencias podrán ser desahogadas por las personas representantes legales o apoderadas de quienes realizan las Actividades Vulnerables señaladas en los artículos 14 y 17 de la Ley.