LGRA · Art. 108

Artículo 108 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Libro segundo. Disposiciones adjetivas · Título primero. De la investigación y calificación de las faltas graves y no graves · Capítulo IV. Impugnación de la calificación de faltas no graves

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de diciembre de 2025

El recurso será resuelto tomando en consideración la investigación que conste en el Expediente de presunta responsabilidad administrativa y los elementos que aporten el Denunciante o el presunto infractor. Contra la resolución que se dicte no procederá recurso alguno.

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Cómo citar

Artículo 108, Ley General de Responsabilidades Administrativas. Texto vigente, última reforma DOF 15 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-108/

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