LGRA · Art. 44

Artículo 44 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas

Libro primero. Disposiciones sustantivas · Título segundo. Mecanismos de prevención e instrumentos de rendición de cuentas · Capítulo III. De los instrumentos de rendición de cuentas · Sección quinta. Del protocolo de actuación en contrataciones

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de diciembre de 2025

El Comité Coordinador expedirá el protocolo de actuación que las Secretarías y los Órganos internos de control implementarán.

Dicho protocolo de actuación deberá ser cumplido por los Servidores Públicos inscritos en el sistema específico de la Plataforma digital nacional a que se refiere el presente Capítulo y, en su caso, aplicarán los formatos que se utilizarán para que los particulares formulen un manifiesto de vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles Conflictos de Interés, bajo el principio de máxima publicidad y en los términos de la normatividad aplicable en materia de transparencia.

El sistema específico de la Plataforma digital nacional a que se refiere el presente Capítulo incluirá la relación de particulares, personas físicas y morales, que se encuentren inhabilitados para celebrar contratos con los entes públicos derivado de procedimientos administrativos diversos a los previstos por esta Ley.

Leer de corridodentro de Título segundo. Mecanismos de prevención e instrumentos de rendición de cuentas

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
a6965ca932fc…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (10 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 44, Ley General de Responsabilidades Administrativas. Texto vigente, última reforma DOF 15 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-general-de-responsabilidades-administrativas/articulo-44/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.