Artículo 77 Bis 44 de la Ley General de Salud
TÍTULO TERCERO BIS. De la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social. · Capítulo XI. DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD PÚBLICA
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La Secretaría de Salud a través del Servicio Nacional de Salud Pública coordinará las acciones referidas en el artículo anterior con las dependencias y entidades de la administración pública federal y local, en el ámbito de sus competencias.