Artículo 214 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
Capitulo VIII. De las sociedades de capital variable
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023
Las sociedades de capital variable se regirán por las disposiciones que correspondan a la especie de sociedad de que se trate, y por las de la sociedad anónima relativas a balances y responsabilidades de los administradores, salvo las modificaciones que se establecen en el presente capítulo.