LGSM · Art. 242

Artículo 242 de la Ley General de Sociedades Mercantiles

Capitulo XI. De la liquidación de las sociedades

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de octubre de 2023

Salvo el acuerdo de los socios o las disposiciones del contrato social, los liquidadores tendrán las siguientes facultades:

I.- Concluir las operaciones sociales que hubieren quedado pendientes al tiempo de la disolución;

II.- Cobrar lo que se deba a la sociedad y pagar lo que ella deba;

III.- Vender los bienes de la sociedad;

IV.- Liquidar a cada socio su haber social;

V.- Practicar el balance final de la liquidación, que deberá someterse a la discusión y aprobación de los socios, en la forma que corresponda, según la naturaleza de la sociedad.

El balance final, una vez aprobado, se depositará en el Registro Público de Comercio; deberá publicarse en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía previsto en el artículo 50 Bis del Código de Comercio;

VI.- Obtener del Registro Público de Comercio la cancelación de la inscripción del contrato social, una vez concluida la liquidación.

Lo dispuesto en las fracciones anteriores no será aplicable cuando el nombramiento del liquidador se realice conforme al procedimiento del artículo 249 Bis 1 de esta Ley.

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Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Párrafo reformado DOF 24-01-2018
  • Párrafo adicionado DOF 24-01-2018

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Fecha de última reforma: el documento dice 2023-10-20; index.htm dice 2025-12-26, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 26-12-2025» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).
  • Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo.

Transitorios (14 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 242, Ley General de Sociedades Mercantiles. Texto vigente, última reforma DOF 20 oct 2023. https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-242/

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