LGTOC · Art. 170

Artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Titulo primero. De los Títulos de Crédito · Capitulo III. Del pagaré

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 26 de marzo de 2024

El pagaré debe contener:

I.- La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento;

II.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;

III.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;

IV.- La época y el lugar del pago;

V.- La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y

VI.- La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre.

Leer de corridodentro de Capitulo III. Del pagaré

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3024e8fd14ff…
Última reforma
(DOF)
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El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir de 1996»; los anteriores no están en este archivo.

Transitorios (13 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 170, Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 26 mar 2024. https://articuladomx.com/ley-general-de-titulos-y-operaciones-de-credito/articulo-170/

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