Artículo 289 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Titulo segundo. De las Operaciones de Crédito · Capitulo III. Del descuento de créditos en libros
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 26 de marzo de 2024
El descontatario será considerado, para todos los efectos de ley, como mandatario del descontador, en cuanto se refiere al cobro de los créditos materia del descuento.