Artículo 1652 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO QUINTO. Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legítima · CAPITULO II. De la Apertura y Transmisión de la Herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El derecho de reclamar la herencia prescribe en diez años y es transmisible a los herederos.