Artículo 2862 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO DECIMOCUARTO. De la Prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
A voluntad de los interesados podrá suplirse la entrega del título al acreedor, con el depósito de aquél en una institución de crédito.