Artículo 2947 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PARTE SEGUNDA. De las Diversas Especies de Contratos · TITULO DECIMOSEXTO. De las Transacciones
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Se puede transigir sobre la acción civil proveniente de un delito, pero no por eso se extingue la acción pública para la imposición de la pena, ni se da por probado el delito.