Artículo 354 del Código Civil Federal
LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO SEPTIMO. De la Paternidad y Filiación · CAPITULO III. De la Legitimación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El matrimonio subsecuente de los padres hace que se tenga como nacidos de matrimonio a los hijos habidos antes de su celebración.