CCom · Art. 1122

Artículo 1122 del Código de Comercio

Libro quinto. De los Juicios Mercantiles · Titulo primero. Disposiciones Generales · Capítulo VIII. De las competencias y excepciones procesales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Son excepciones procesales las siguientes:

I.La incompetencia del juez;

II.La litispendencia;

III.La conexidad de la causa;

IV.La falta de personalidad del actor o del demandado, o la falta de capacidad en el actor;

V.La falta de cumplimiento del plazo, o de la condición a que esté sujeta la acción intentada;

VI.La división y la excusión;

VII.La improcedencia de la vía, y

VIII.Las demás al que dieren ese carácter las leyes.

Leer de corridodentro de Capítulo VIII. De las competencias y excepciones procesales

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Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 24-05-1996

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-14; index.htm dice 2026-02-18, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 18-02-2026» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).
  • Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «De las Formas y Efectos del Contrato de Fletamento».

Transitorios (75 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 1122, Código de Comercio. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1122/

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