CFF · Art. 24

Artículo 24 del Código Fiscal de la Federación

TITULO SEGUNDO. De los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes · CAPITULO UNICO

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de abril de 2026

Se podrán compensar los créditos y deudas entre la Federación por una parte y los Estados, Distrito Federal, Municipios, organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritarias, excepto sociedades nacionales de crédito, por la otra.

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Última reforma
(DOF)
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Cómo citar

Artículo 24, Código Fiscal de la Federación. Texto vigente, última reforma DOF 9 abr 2026. https://articuladomx.com/codigo-fiscal-de-la-federacion/articulo-24/

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