Artículo 84-I del Código Fiscal de la Federación
TITULO CUARTO. De las Infracciones y Delitos Fiscales · CAPITULO I. De las infracciones
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de abril de 2026
Se considera infracción en la que pueden incurrir las personas que emitan tarjetas de crédito, de débito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, en relación con las obligaciones a que se refiere el artículo 32-E de este Código, el no expedir los estados de cuenta cumpliendo con lo previsto en las disposiciones aplicables.