Artículo 84-J del Código Fiscal de la Federación
TITULO CUARTO. De las Infracciones y Delitos Fiscales · CAPITULO I. De las infracciones
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de abril de 2026
A las personas morales que cometan la infracción a que se refiere el artículo 84-I de este Código, se les impondrá una multa de $140.00 a $260.00 por cada estado de cuenta no emitido en términos del artículo 32-E de este Código.