Artículo 365 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Segundo. Del Procedimiento Oral Civil y Familiar · Título Segundo. De la Etapa Postulatoria · Capítulo III. Del Juicio Oral Sumario
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
En los procedimientos orales sumarios no existirá expediente.
Las audiencias se registrarán por cualquier medio que se estime conveniente, que asegure la preservación de la información para que pueda ser consultada.
No será necesario que la autoridad judicial sea asistida por persona secretaria judicial.