Artículo 527 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Libro Tercero. De la Justicia Civil · Título Segundo. Procedimientos Civiles No Contenciosos · Capítulo II. De los Juicios Orales Civiles · Sección Quinta. Del Juicio Especial de Arrendamiento Inmobiliario Oral
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Los incidentes no suspenderán el procedimiento. Se tramitarán en los términos de las reglas generales del presente Código Nacional, para los de tramitación escrita u oral, según procedan.