Artículo 213 del Código Nacional de Procedimientos Penales
Objeto de la investigación
LIBRO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO · TÍTULO III. ETAPA DE INVESTIGACIÓN · CAPÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES A LA INVESTIGACIÓN
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2025
La investigación tiene por objeto que el Ministerio Público reúna indicios para el esclarecimiento de los hechos y, en su caso, los datos de prueba para sustentar el ejercicio de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación del daño.