CPEUM · Art. 45

Artículo 45 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Título Segundo · Capítulo II. De las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 2 de junio de 2026

Los Estados de la Federación conservan la extensión y límites que hasta hoy han tenido, siempre que no haya dificultad en cuanto a éstos.

Sobre este texto
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b976c0d9705f…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 07-02-1931, 19-12-1931, 22-03-1934, 16-01-1935, 16-01-1952, 08-10-1974

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Transitorios de decretos de reforma: la fuente los incluye solo «A partir del 3 de septiembre de 1993»; los anteriores no están en este archivo.

Transitorios (165 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 45, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Texto vigente, última reforma DOF 2 jun 2026. https://articuladomx.com/constitucion/articulo-45/

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