Artículo 1475 del Código Civil de Aguascalientes
Libro tercero.. De las sucesiones. · Titulo tercero.. De la forma de los testamentos. · Capitulo v.. Del testamento militar.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Si el militar hace su disposición en el momento de entrar en acción de guerra o estando herido sobre el campo de batalla, bastará que declare su voluntad ante dos testigos, o que entregue a los mismos el pliego cerrado que contenga su última disposición, firmada por su puño y letra.