Artículo 1700 del Código Civil de Baja California Sur
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo primero. De las fuentes de las obligaciones · Capitulo I. De los contratos
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
El contrato puede ser invalidado:
I.‑ Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas;
II.‑ Por vicios del consentimiento;
III.‑ Porque su objeto, su motivo o fin, sea ilícito; y
IV.‑ Porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece.