Artículo 1285 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo segundo. De los contratos en general · Capitulo I. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El contrato puede ser invalido:
I.- Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas;
II.- Por vicios del consentimiento;
III.- Porque su fin o su motivo sean ilícitos;
IV.- Porque sea ilícito el objeto de las obligaciones creadas por el contrato;
V.- Porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece.