Artículo 1882 del Código Civil de Baja California Sur
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo segundo. Modalidades de las obligaciones · Capitulo III. De las obligaciones conjuntivas y alternativas
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
En el caso del artículo anterior, si la elección es del deudor, éste designará el bien cuyo precio debe pagar, y éste precio se probará conforme a derecho en caso de desacuerdo.