Artículo 2924 del Código Civil de Baja California Sur
Libro cuarto. De las obligaciones · Tercera parte · Titulo segundo. Del Registro Público de la Propiedad · Capitulo II. Disposiciones comunes de los documentos registrales
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Los asientos del Registro Público de la Propiedad, en cuanto se refieran a derechos inscribibles o anotables, producen todos sus efectos, salvo resolución judicial.