Artículo 1291 del Código Civil de Baja California
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesion por testamento · Capitulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
La enajenación de bienes inmuebles, así como la constitución o transmisión de derechos reales o que garanticen un crédito, para su validez se otorgarán en escritura pública.