Artículo 1342 del Código Civil de Baja California
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesion por testamento · Capitulo VII. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
El legado de cosa mueble indeterminada, pero comprendida en género determinado será válido, aunque en la herencia no haya cosa alguna del género a que la cosa legada pertenezca, teniendo los legatarios de la cosa legada antes mencionada el derecho de elegir albacea para que administre su legado.