Artículo 177 del Código Civil de Baja California
Libro primero. De las personas · Titulo quinto. Del matrimonio · Capitulo IV. Del contrato de matrimonio con relacion a los bienes. disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
Las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse antes de la celebración del matrimonio o durante el, y pueden comprender solamente los bienes de que sean dueños los cónyuges en el momento de hacer el pacto, sino también los que adquieran después.