Artículo 209 del Código Civil de Baja California
Libro primero. De las personas · Titulo quinto. Del matrimonio · Capitulo VI. De la separacion de los bienes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
En el régimen de separación de bienes los cónyuges conservarán la propiedad y administración de los bienes que respectivamente les pertenecen y, por consiguiente todos los frutos y accesiones de dichos bienes no serán comunes, sino del dominio exclusivo del dueño de ellos.