Artículo 2266 del Código Civil de Baja California
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo quinto. Del mutuo · Capitulo I. Del mutuo simple
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
No se declaran nulas las deudas contraídas por la persona menor años de edad para proporcionarse los alimentos que necesite, cuando su representante legítimo se encuentre ausente.