Artículo 2419 del Código Civil de Baja California
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo octavo. Del deposito y del secuestro · Capitulo II. Del secuestro
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
El secuestro judicial se rige por las disposiciones del Código de Procedimientos aplicable en la materia y, en su defecto, por las mismas del secuestro convencional.