Artículo 211 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO PRIMERO. De las personas · TITULO QUINTO. Del matrimonio · CAPITULO VI. De la separación de bienes
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
Las capitulaciones que establezcan separación de bienes, siempre contendrán un inventario de los bienes de que sea dueño cada esposo al celebrarse el matrimonio, y nota especificada de las deudas que al casarse tenga cada consorte.