Artículo 2322 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES · PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general · TITULO SEGUNDO. De la compra-venta · CAPITULO VIII. De la forma del contrato de compra-venta
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
La venta de bienes raíces no producirá efectos contra tercero sino después de registrada en los términos prescritos en este Código.