Artículo 2320 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES · PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general · TITULO SEGUNDO. De la compra-venta · CAPITULO VIII. De la forma del contrato de compra-venta
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
Si el valor de avalúo del inmueble excede de trescientos sesenta y cinco veces la Unidad de Cuentade la Ciudad de México vigente en el momento de la operación, su venta se hará en escritura pública, salvo lo dispuesto por el artículo 2317.