Artículo 422 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro tercero · Título segundo. Del procedimiento administrativo · Capítulo I. Consideraciones Generales
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
Los procedimientos administrativos que regula este Código se regirán por los principios de legalidad, sencillez, celeridad, eficacia, publicidad, gratuidad y buena fe, en consecuencia:
I.Se ajustarán estrictamente a las disposiciones de este Código;
II.Sus trámites serán sencillos, evitando formulismos innecesarios;
III.Deberán tramitarse y decidirse de manera pronta y expedita;
IV.Se cuidará que alcancen sus finalidades y efectos legales;
V.Las actuaciones serán públicas, salvo que la moral o el interés general exija que sean secretas;
VI.Serán gratuitos, sin que pueda condenarse al pago de gastos y costas, y
VII.Las autoridades administrativas y las partes interesadas se conducirán, en las promociones y actuaciones, con honradez, trasparencia y respeto.