Artículo 1925 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo segundo. Modalidades de las obligaciones · Capitulo I. De las obligaciones condicionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
SI LA RESCISION DEL CONTRATO DEPENDIERE DE UN TERCERO Y ESTE FUERE DOLOSAMENTE INDUCIDO A RESCINDIRLO, SE TENDRA POR NO RESCINDIDO.