Artículo 2096 del Código Civil de Tabasco
Cuando dependa de un tercero
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo octavo. De las difentes especies de obligaciones · Capitulo I. De las obligaciones condicionales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Si la rescisión del contrato dependiere de un tercero, y éste fuere dolosamente inducido a rescindirlo, se tendrá por no rescindido.