Artículo 2542 del Código Civil de Chiapas
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo noveno. Del mandato · Capitulo II. De las obligaciones del mandatario con respecto al mandante
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 28 de julio de 2026
EL MANDATARIO QUE SE EXCEDA DE SUS FACULTADES, ES RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE CAUSE AL MANDANTE Y AL TERCERO CON QUIEN CONTRATO, SI ESTE IGNORABA QUE AQUEL TRASPASABA LOS LIMITES DEL MANDATO.