Artículo 2485 del Código Civil de Colima
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo noveno. Del mandato · Capitulo VI. De los diversos modos de terminar el mandato
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 17 de mayo de 2025
El mandato termina:
I.- Por la revocación;
II.- Por la renuncia de mandatario;
III.- Por la muerte del mandante o del mandatario;
IV.- Por la interdicción de uno u otro;
(REFORMADO DECRETO 101, P.O. 20 JULIO 2019)
V.- Por conclusión de su vigencia legal, por vencimiento del plazo por el que fue otorgado o por la conclusión del negocio para el que fue concedido;
VI.- En los casos previstos por los artículos 670, 671 y 672.
(ADICIONADO DECRETO 101, P.O. 20 JULIO 2019)
Si el objeto específico por el que se otorgó el poder y fue asentado en el mismo, trasciende la vigencia de éste, se entenderán por prorrogadas las facultades otorgadas hasta su conclusión.